EL ESPACIO MARÍTIMO
Según
el derecho internacional, los espacios marítimos están formados por
extensiones de agua salada, en
comunicación libre y natural. Se excluyen asi las aguas dulces y los mares
interiores.
La
conferencia de ginebra de 1958 , a la cual Colombia hizo parte, trato todo
acerca a los derechos del mar y adopto cuatro convenciones.
o
Convención
sobre la plataforma continental:
o
Convención
sobre la pesca y la conservación de los recursos biológicos de alta mar
o
Convención
sobre altamar
o
Convención
sobre el mar territorial y la zona contigua.
En la conferencia de
ginebra aparecieron 5 zonas marítimas
o
Las
aguas interiores
o
Las
aguas territoriales
o
La
zona contigua
o
La
plataforma continental
o
Alta
mar
La
convención de 1982 sobre el derecho al mar añade:
o
los
archipiélagos
o
la
zona económica exclusiva
o
los
estrechos utilizados para la navegación internacional
o
el
fondo del mar
Mar
territorial: es aquel espacio marítimo que no excede a las 12 millas náuticas
contados a partir de la línea base la convención del mar en su artículo 3 lo
define asi “Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar
territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas a partir
de líneas de base determinadas de conformidad con esta Convención”. La línea de
base es a partir de la zona mas baja del mar (baja mar).
En caso de que haya
un estado frente a otro, el mar territorial será en un punto medio.
Hay un principio del
derecho internacional que consiste en que toda porción de tierra tiene derecho
a un mar territorial, es decir que por mas retirado que se encuentre una isla
de la costa del continente, esta isla tiene derecho a las 12 millas náuticas,
surge enseguida la duda frente al diferendo entre Nicaragua y Colombia, y los
cayos enclavados, estos por ser soberanía de Colombia también tenían derecho a
una porción de mar, hay que analizar que Colombia y Nicaragua tienen un tratado
que estipulaba al meridiano 82, el cual ha sido desconocido en el fallo de la
corte internacional de justicia.
Noticia...
AMPLIA LA INFORMACION AQUI ---> http://www.semana.com/nacion/articulo/colombia-pierde-rica-porcion-mar-territorial/268083-3
·
Zona
contigua: es aquel espacio marítimo posterior al mar territorial, y que
finalizado este se empieza a contar 12 millas náuticas, es decir que comprende
24 millas náuticas a partir de la línea de base, la convención del mar en su
artículo 33:
En una zona contigua
a su mar territorial, designada con el
nombre de zona
contigua, el Estado ribereño podrá tomar las medidas de
fiscalización
necesarias para:
a) Prevenir las
infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros,
fiscales, de
inmigración o sanitarios que se cometan en su territorio o en
su mar territorial;
b) Sancionar las
infracciones de esas leyes y reglamentos
cometidas en su
territorio o en su mar territorial.42
2. La zona contigua
no podrá extenderse más allá de 24 millas
marinas contadas
desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la
anchura del mar
territorial.
·
Zona
económica exclusiva: tiene una anchura de 200 millas náuticas contados a partir
de la línea de base, el estado ribereño ejerce soberanía, tiene limitaciones
como el paso inocente, la jurisdicción se hará sobre la explotación de
recursos, también la investigación.
·
·
Altamar: después de sobre pasada las 200 millas náuticas
nos encontramos con alta mar, también conocidos como agua internacionales. “todas las partes del mar no
incluídas en la Zona Económica Exclusiva, Mar Territorial o Aguas Interiores de
un Estado, ni en las aguas archipelágicas de un Estado archipelágico. Luego Alta
Mar empieza donde acaba la Zona Económica Exclusiva de 200 millas”.
segun
el articulo 87 se la convención: La alta mar está abierta a todos los Estados,
sean ribereños o sin litoral. La libertad de la alta mar se ejercerá en las
condiciones fijadas por esta Convención y por las otras normas de derecho
internacional. Comprenderá, entre otras, para los Estados ribereños y los
Estados sin litoral:
a) La libertad de navegación;
b)
La libertad de sobrevuelo;
c)
La libertad de tender cables y tuberías submarinos, con sujeción
a
las disposiciones de la Parte VI;
d)
Libertad de construir islas artificiales y otras instalaciones
permitidas
por el derecho internacional, con sujeción a las disposiciones
de
la Parte VI;
e)
La libertad de pesca, con sujeción a las condiciones establecidas
en
la sección 2;
f)
La libertad de investigación científica, con sujeción a las
disposiciones
de las Partes VI y XIII.
Estas libertades serán ejercidas por todos los
Estados teniendo
debidamente
en cuenta los intereses de otros Estados en su ejercicio de la
libertad de la alta mar, así como los derechos previstos
en esta Convención
con
respecto a las actividades en la Zona.
INGRESA YA!!!
El mar Caribe , En el océano pacifico , AQUÍ.. Encontraras mapas interactivos para que tengas la noción exacta de los limites marítimos y las porciones de agua que poseen cada pais.
Los principios que se
basan el régimen jurídico de alta mar son los siguientes:
o
Principio
de libertad de los mares, manifestado en el artículo 87 de la convención,
enuncia todo lo que tiene que ver con comunicación en el que alta mar es un
bien de todos los estados
o
Principio
de libertad de uso, enunciado por el articulo 87 y 90, todos los estados tienen
derecho a utilizar ese bien común
o
Principio
de no interferencia enunciado en el artículo 89, ningún estado podrá reclamar
soberanía soberanía sobre ese sector marítimo
o
Principio
de sumisión al derecho internacional, articulo 87, todo lo que tenga que ver
con alta mar es regulado por el derecho internacional, si hay conflictos con
otros países
La convención del mar en su articulo 76 enuncia que: Convencion del mar art 76
Colombia, frente a
Nicaragua todavía se encuentra en serio peligro, pues estos últimos preparan
demanda para que se le reconozcan mas derecho sobre la plataforma continental.
Te INFORMA... http://www.eltiempo.com/opinion/columnistas/enriquegavirialivano/colombia-en-la-encrucijada-_12838591-4
HEY!!! ATENTO...
Colombia participo
activamente en la elaboración de la convención del mar, que se hizo necesaria
por el avance en el estudio tecnológicos, científicos del mar, además de que se
empezó a utilizar como herramienta para la explotación económica.